¿Es obligatorio para un administrador concursal contratar un seguro de responsabilidad civil? 

seguro de responsabilidad civil para administradores concursales

Sí, en España, la contratación de un seguro de responsabilidad civil para administradores concursales es obligatoria. Y esta obligación está regulada por el Real Decreto 1333/2012, de 21 de septiembre

¿Qué puede acarrear el hecho de no disponer de este seguro o cuáles son las consecuencias de no acreditar su renovación en tiempo y forma? ¡Vamos a verlo!  

¿Qué coberturas incluye este tipo de seguro? 

Un seguro de responsabilidad civil para administradores concursales cubre, como mínimo, las siguientes situaciones: 

  • Indemnizaciones por daños y perjuicios ocasionados a la masa activa del concurso, ya sea por errores, omisiones o actos contrarios a la ley o realizados sin la diligencia debida. 
  • Reclamaciones de terceros: cobertura frente a reclamaciones por perjuicios a acreedores, al deudor o a cualquier otro tercero relacionado con el concurso. 
  • Gastos soportados por acreedores que hubieran ejercitado acciones de responsabilidad en interés de la masa. 
  • Defensa jurídica: incluye los gastos necesarios para la defensa en caso de que se abra un procedimiento judicial o extrajudicial. 

Además, algunas pólizas pueden incluir coberturas adicionales pactadas entre las partes, como extensión de responsabilidad por concursos simultáneos o por actos realizados fuera del procedimiento. 

¿Cuál es la suma mínima asegurada? 

La cuantía mínima del seguro varía en función del tipo y volumen de concursos gestionados. Según el mismo Real Decreto, estas son las cantidades orientativas: 

  • 300.000 €: suma mínima general para cualquier administrador concursal. 
  • 800.000 €: si interviene en tres o más concursos ordinarios
  • 1.500.000 €: si participa en concursos de especial trascendencia
  • 3.000.000 €: en concursos de entidades emisoras de valores, bancos o aseguradoras
  • 2.000.000 €: si el administrador concursal es una persona jurídica

Estas cifras incluyen tanto el importe para cubrir indemnizaciones como los gastos asociados a la defensa jurídica. 

¿Qué consecuencias tiene no contar con este seguro? 

Las consecuencias de no disponer del seguro adecuado son claras y graves: 

  • Imposibilidad de aceptar el cargo
  • Separación del cargo si no se acredita la renovación anual. 
  • Prohibición de ser designado durante tres años en ese partido judicial si no se justifica la ausencia de cobertura. 

En definitiva, más allá del cumplimiento legal, disponer de un seguro de responsabilidad civil es una herramienta indispensable para garantizar el ejercicio profesional con seguridad, tanto para el administrador como para las partes implicadas en el proceso concursal. 

¿Eres administrador concursal y necesitas asesoramiento? 

En General Risk, te asesoramos de forma clara y profesional para que cumplas con todos los requisitos legales exigidos en tu labor, incluida la elección y contratación del seguro de responsabilidad civil que mejor se ajuste a tu perfil profesional

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