Delegados de prevención: ¿es obligatorio contar con ellos en la empresa?

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Delegados de prevención: ¿es obligatorio contar con ellos en la empresa?

El capítulo V de la Ley 31/1995 del 8 de noviembre, de prevención de riesgos laborales, regula detalladamente los derechos de consulta y participación de los trabajadores sobre cuestiones que afectan a su seguridad y salud en el trabajo, donde los Delegados de Prevención tienen tareas cruciales en estas cuestiones. Pero ¿son obligatorios en todas las empresas? ¿Qué funciones llevan a cabo? ¡Sigue leyendo y descúbrelo!

¿Qué son los delegados de prevención?

Como ya intuirás, los Delegados de Prevención son representantes de los trabajadores que ostentan responsabilidades y funciones específicas en materia de prevención de riesgos laborales. Por tanto, realizan una importante labor de coordinación a fin de promover las condiciones para que el trabajo se realice de forma segura. Para ello: 

  • Cooperan en mejorar la actividad preventiva.
  • Emiten informes.
  • Vigilan el control y cumplimiento de las normas de prevención de riesgos laborales en los centros de trabajo. 
  • Realizan propuestas de mejora o cambio sobre las medidas preventivas y de protección adoptadas.
  • Tienen potestad para paralizar actividades cuando no se estén tomando las medidas de protección o preventivas necesarias. 

¿Son obligatorios los Delegados de Prevención en todas las empresas?

Para responder a esta pregunta, primero vamos a explicar cómo son designados. Y es que dependiendo del número de trabajadores de cada centro de trabajo, habrá uno o varios delegados de prevención. 

Pues bien, estos profesionales son nombrados por y entre los representantes del personal, de acuerdo a la siguiente escala: 

  • 50 a 100 trabajadores: 2 Delegados de Prevención.
  • De 101 a 500 trabajadores: 3 Delegados de Prevención.
  • De 501 a 1.000 trabajadores: 4 Delegados de Prevención.
  • De 1.001 a 2.000 trabajadores: 5 Delegados de Prevención.
  • De 2.001 a 3.000 trabajadores: 6 Delegados de Prevención.
  • De 3.001 a 4.000 trabajadores: 7 Delegados de Prevención.
  • De 4.001 en adelante: 8 Delegados de Prevención.

¿Qué ocurre en caso de que la empresa tenga menos de 50 trabajadores? 

Como ves en esta escala, en empresas o centros de trabajo con 50 o más trabajadores y trabajadoras, es además obligatorio contar con delegados de prevención. Sin embargo, en las empresas de hasta treinta trabajadores, no es una obligación, pero sí u un derecho de los trabajadores, donde el Delegado de Prevención será el Delegado de personal (solo hay uno en empresas de 6 a 30 trabajadores). 

En cambio, en las empresas de 31 a 49 trabajadores, donde existen tres delegados de personal, el delegado de prevención será también uno, si bien será elegido por y entre los mismos. 

 

Por último, recordamos que si te quedan dudas sobre cómo cumplir la Ley de Prevención de Riesgos Laborales en tu empresa, puedes contactar con General Risk,   donde facilitamos el cumplimiento satisfactorio de tus obligaciones en materia de formación en prevención de riesgos con nuestro servicio especializado.

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