Los accidentes in itinere

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Los accidentes in itinere

En nuestro curso de prevención de riesgos laborales online homologado aprenderás, entre otras cosas, qué son los accidentes in itinere, siniestros que se producen de la que se va o se regresa del puesto de trabajo.

Desde hace un tiempo también se incluyen en esta categoría los accidentes que se produzcan en el transcurso de un traslado por razones laborales. Dicho con otras palabras, será tenido por accidente in itinere el que se sufra en el trayecto que se haga hasta el nuevo destino que haya determinado una empresa para el trabajador. Esto es así porque ahora se tiene en cuenta la casuística de la movilidad geográfica.

En General Risk te recordamos que, para que un accidente sea considerado como “in itinere”, tiene que producirse en un contexto concreto. Por ejemplo, en el trayecto habitual al puesto de trabajo. Esto quiere decir que, si de camino a la oficina el trabajador se desvía por temas personales y sufre un accidente de tráfico, no será tenido por “in itinere”. Si lo sufre antes de iniciar el recorrido, por ejemplo en el garaje de casa, tampoco entrará en esta categoría.

Avisar a la mutua

En estos casos, lo primero que se ha de hacer es dar cuenta al superior en la empresa y ponerse en contacto con la mutua, no con el médico de cabecera. En caso de disconformidad con lo determinado por la mutua, se puede recurrir a su Libro Registro y después al médico de cabecera para que este valore la situación. Sin embargo, si el accidente es grave lo recomendable es acudir en primera instancia al centro de salud y después a la mutua a arreglar los papeles.

Según datos de la DGT, más o menos un 70% de los accidentes laborales de tráfico son “in itinere”. El resto son lo que se llama “accidentes en misión”. De hecho, la Dirección General de Tráfico lucha por reducir este tipo de accidentes y fomentar la cultura de la Seguridad Vial en el seno de las empresas. Entre otras cosas, coordinando la acción de los responsables de Prevención de Riesgos Laborales con Inspección de Trabajo, la Seguridad Social, la Fiscalía y la Policía. Por eso las empresas, en sus planes de prevención de riesgos laborales, han de contemplar esta variable de los accidentes “in itinere”.