El sector de la construcción y los seguros de responsabilidad civil

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El sector de la construcción y los seguros de responsabilidad civil

Teniendo en cuenta que ofertamos un completo curso de prevención de riesgos laborales online homologado, queremos dedicar este nuevo post del blog a ver lo vital que son los seguros de responsabilidad civil en el sector de la construcción.

Dentro de las actividades profesionales que entrañan eventuales riesgos para terceras personas destaca, como imaginas, la construcción. Cuando hablamos de las diferentes formas de responsabilidad en las que pueden incurrir los agentes que forman parte del proceso constructivo distinguimos entre

  1. Responsabilidad extracontractual.
  2. Responsabilidad contractual.

La norma de nuestro sistema legal que habla de la responsabilidad extracontractual es el artículo 1902 del Código Civil. En el texto leemos que “el que por acción u omisión cause daño a otro, interviniendo culpa o negligencia, está obligado a reparar el daño causado”.

¿A quién va dirigido?

En General Risk te recordamos que este seguro está pensado para las empresas del sector de la construcción. Es decir, promotoras, constructoras o subcontratistas que quieran ver cubierta la responsabilidad extracontractual de la que hablamos antes.

Tipos de pólizas

 

  • Póliza por obra: en este caso, el asegurado contrata cobertura para una obra determinada.
  • Póliza abierta: el asegurado contrata cobertura para todas las obras que realice la empresa durante un año. Esta póliza es renovable. Es más cómoda ya que no hay que declarar cada obra sino que se hace una declaración del volumen de facturación realizado durante una anualidad.

Además del seguro de Responsabilidad Civil, se han de contratar otros seguros obligatorios en el sector de la construcción:

  1. Seguro de accidentes de convenio: en caso de tener empleados contratados, para poder cubrir las consecuencias de posibles accidentes laborales.
  2. Seguro decenal: es un seguro específico para el sector de la construcción y, por ello, cualquier empresa de este ámbito lo tiene que contratar por Ley. Con este seguro, se cubre la garantía durante 10 años de posibles daños, defectos o vicios de la construcción.
  3. Seguro de vehículo: en el caso de que la empresa disponga de algún vehículo, deberá tener su seguro correspondiente. Este tipo de seguros abarcan tanto a turismos como a vehículos industriales.